18/06/2021 infobae.america - Nota

Brasil.- El Gobierno prorroga hasta el próximo 6 de julio la limitación de los vuelos procedentes de Brasil y Sudáfrica
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15-03-2021 Dos personas caminan con su equipaje en la Terminal T4 del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, en Madrid (España), a 15 de marzo de 2021. El Gobierno ha prorrogado hasta el próximo 30 de marzo la limitación de los vuelos directos y buques de pasaje entre Reino Unido y los aeropuertos y puertos españoles y los vuelos entre Brasil y la República de Sudáfrica y los aeródromos españoles. La orden, recogida este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), fue aprobada en el Consejo de Ministros de este martes y prorroga las órdenes de 22 de diciembre de 2020 y de 2 de febrero de 2021, por los que, respectivamente, el Ejecutivo estableció medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio de las cepas de COVID-19. POLITICA Ricardo Rubio - Europa Press MADRID, 18 (EUROPA PRESS) El Gobierno ha prorrogado hasta el próximo 6 de julio la limitación de los vuelos directos entre Brasil y la República de Sudáfrica y los aeropuertos españoles por el "impacto de las variantes" autóctonas, que son "de especial preocupación". A través de una orden publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Ejecutivo ha decidido prorrogar la medida que vencía el 22 de junio, y que el Gobierno lleva alargando desde que se aprobase originalmente el pasado mes de febrero. Según lo previsto en los acuerdos, desde Brasil y Sudáfrica solo podrán realizarse vuelos a España que estén ocupados por ciudadanos españoles o andorranos, así como residentes en ambos países o pasajeros en tránsito internacional a un país no Schengen con escala inferior a 24 horas sin abandonar la zona de tránsito del aeropuerto español. Sin embargo, estas restricciones no afectan al personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo. Además, se contemplan otras exenciones relativas a vuelos de aeronaves de Estado, servicios de búsqueda y salvamento (SAR), vuelos con escala en territorio español con fines no comerciales y que tengan por destino final otro país, vuelos exclusivos de carga, posicionales (ferry) y humanitarios, médicos o de emergencia. En todo caso, en función de la evolución de la situación y de la pandemia y especialmente de las decisiones que puedan adoptarse de forma coordinada en la Unión Europea, el Ministerio de Sanidad podrá levantar, con carácter general, estas limitaciones antes de la finalización de dicho plazo.

#25089314   Modificada: 18/06/2021 02:57 Cotización de la nota: $78.000
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