29/05/2020 Infocielo.com (PBA) - Nota

Nación habilitó la apertura de industrias en seis distritos del conurbano bonaerense


29 de mayo de 2020 · 10:00 hs. El Gobierno nacional continúa con las autorizaciones de actividades y servicios a los distritos de la provincia de Buenos Aires. En este caso, autorizó la reapertura de diferentes rubros en seis municipios del conurbano. Al mismo tiempo, insistió en la plena implementación de protocolos para evitar la propagación del coronavirus. La decisión administrativa 920/2020 publicada en el Boletín Oficial exceptúa del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio, y de la prohibición de circular, a las personas afectadas a las distintas industrias indicadas para los municipios de Tigre, San Isidro, Pilar, Malvinas Argentinas, Esteban Echeverría y Almirante Brown. En el caso de Tigre se autorizó la reapertura de la industria naval y también la fabricación de productos metalúrgicos, maquinaria y equipos; y de productos minerales no metálicos (excepto cemento y cerámicos). En tanto, en San Isidro volverá la industria naútica y el mantenimiento de embarcaciones; y en Malvinas Argentinas se permitió que se libere la industria automotriz y autopartes; electrónica y electrodomésticos; indumentaria; metalurgia, maquinaria y equipos; gráfica, ediciones e impresiones; madera y muebles, cemento; productos textiles; bicicletas y motos; química y petroquímica; plásticos y subproductos; y cerámicos. A su vez, en Esteban Echeverría se liberó la industria de la fabricación de papel y de productos de papel; y en Almirante Brown, la automotriz y autopartes; metalurgia, maquinaria y equipos; madera y muebles; cemento; productos textiles; química y petroquímica; y calzado. Además, en Pilar habilitaron la fabricación de productos metalúrgicos, maquinaria y equipos, y la fabricación de productos minerales no metálicos (excepto cemento y cerámicos). La normativa, reiteró que “en todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del covid-19” y que “los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las industrias exceptuadas por la presente”. “Las empleadoras y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por las respectivas jurisdicciones para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores, y que estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros”, detalló.     Tigre   San Isidro   Pilar   Malvinas Argentinas   Esteban Echeverría   Almirante Brown

#12436624   Modificada: 29/05/2020 10:22 Cotización de la nota: $13.800
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